Consumidores de Costa Rica, promueve una nueva cultura de consumo amparada a la Solidaridad entre el Estado, los Consumidores y el Sector Privado

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“Consumidores tendrán mejores beneficios al adquirir bienes "
Costa Rica Hoy, 19 de Setiembre de 2009

LUIS MADRIZ

Una reforma a la actual Ley que ampara a los consumidores, pretende que los costarricenses cuenten con más derechos cuando adquieren bienes o servicios.

La propuesta es una iniciativa de la Asociación de Consumidores de Costa Rica, y cuenta con el apoyo de la diputada independiente, Andrea Morales y el liberacionista, Oscar Núñez Calvo.

Se trata del proyecto de ley N° 17519, el cual reformará los artículos 43 y 54 de la Ley de promoción de competencia y defensa efectiva del consumidor, que data desde 1995.

Según señaló Morales, esta es una buena manera de valorar el servicio al cliente en Costa Rica, pese a que aún “falta mucho” en defensa del consumidor. “Realmente aquí se agradece un servicio, cuando este debería ser al revés”.

Mejoras
El artículo 43 plantea que cuando se venden o adquieren servicios se deberán con cumplir los requerimientos técnicos y estándares de calidad que exige la Administración Pública. Además, se deberá especificar con claridad el tiempo de garantía del producto, condiciones, así, como los procedimientos para hacer efectiva la garantía.
Entre tanto, establece que el periodo de garantía rige según lo establezca el producto, de lo contrario, se deberá presentar una denuncia ante la Comisión Nacional del Consumidor.

“Asimismo, este articulo viene a solucionar uno de los principales problemas que se ha detectado en el mercado nacional. Hay algunos comerciantes que se aprovechan para vender productos reconstruidos o usados como nuevos”, indicó Gilberto Campos, presidente de la Organización de Consumidores de Costa Rica.

Por otra parte, el articulo 54 pretende darle potestad a diferentes organizaciones que protegen a los consumidores, para que asuman de igual manera las funciones que realizan las entidades responsables de fiscalizar, regular o controlar los derechos e intereses de los consumidores.

Actualmente, los Tribunales de Justicia y la Comisión Nacional del Consumidor son las dos instituciones que tienen potestad para recibir denuncias interpuestas por consumidores insatisfechos.

Disconformidad
Según explicó Gilberto Campos, desde que la Comisión Nacional del Consumidor abrió sus puertas, las denuncias por problemas con garantías ocupa el primer lugar.

“Es un problema para la población. A lo único que están obligados los comerciantes es a reparar el articulo dañado durante los 15 ó 30 días después de la compra” señaló Campos.

Por otra parte, las distintas organizaciones de consumidores que operan en el país están inconformes con la continuidad de la Ley N°7472, pues esta los faculta como coadyuvante ante la Comisión Nacional del Consumidor, y los limita de participar igualitariamente en procesos administrativos, como en el caso de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), entre otras.

Sobre ese tema, una resolución de la junta directiva de la Aresep, en el 2008, señaló que las asociaciones de consumidores no podían presentar denuncias ante la entidad.

Ante lo cual, Erick Ulate, presidente de la Asociación de Consumidores de Costa Rica, destacó que eso es “muy grave”, pues se obliga a la gente a presentar sus reclamos ante entidades públicas que tienen mayor poder económico, técnico y profesional para defender sus argumentos.

Además, indicó que tramitar una queja ante las autoridades competentes debe hacerse de manera individual, lo cual debilita la posibilidad de que las personas denuncien. Y en el caso de la Aresep, las denuncias deben hacerse de manera “muy técnica”.

En el caso de la Asociación de Consumidores de Costa Rica, ellos presentan más de 70 denuncias ante la Comisión Nacional del Consumidor, principalmente, por publicidad engañosa.

 

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